JUZGADOS ESPECIALIZADOS PARA AGILIZAR LAS RECLAMACIONES FINANCIERAS

El Poder Judicial da un paso adelante en la respuesta al colapso de los Juzgados en la resolución de los procedimientos relacionados con reclamaciones financieras de los particulares.

 

La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó, el jueves 25 de mayo, la especialización de un total de 54 Juzgados de Primera Instancia, uno por provincia en la península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canarios y balear, para gestionar, de manera exclusiva y no excluyente, los litigios relacionados con las condiciones generales incluidos en las contratos hipotecarios formalizados con entidades bancarias cuyo prestatario sea una persona física. Estos asuntos serán, entre otros, clausulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multi-divisa.

Con esta medida, el CGPJ intenta evitar el colapso judicial que se produciría por el previsible aumento de los litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias, como consecuencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo.

Dichos Juzgados estarán inicialmente en funcionamiento desde el 1 de junio al 31 de diciembre de 2017, aunque podrá prorrogarse el plazo inicialmente establecido en el caso de que fuese necesario por el volumen de litigios sobre estas cláusulas.

La fecha de entrada en vigor de esta medida no es casual, sino que coincide con la finalización del plazo otorgado por el Real Decreto-Ley 1/2017, de medidas urgentes de protección al consumidor en materia de cláusula suelo, para que las entidades y los consumidores llegaran a un acuerdo en vía extrajudicial.

Inicialmente, los 65 jueces en prácticas de la 67 promoción de la Escuela Judicial serán los encargados de realizar las funciones de refuerzo en estos Juzgados especializados, dado que han recibido formación específica sobre la materia y se espera que gracias a esta formación los tiempos de respuesta sean menores.

La distribución de Jueces en prácticas por Comunidades Autónomas es la siguiente: 11 en Andalucía, 2 en Asturias, uno en Baleares, uno en Canarias, uno en Cantabria, 5 en Castilla y León, 4 en Castilla-La Mancha, 6 en Cataluña, 9 en la Comunidad Valenciana, 2 en Extremadura, 5 en Galicia, 8 en Madrid, uno en Murcia, 4 en Navarra y 5 en el País Vasco.

En aquellos territorios donde no haya disponibilidad de jueces en prácticas y sea necesario adscribir un Juez de refuerzo, se podrá adscribir a un Juez de Adscripción Territorial (JAT), a un Juez sustituto u ofrecer una comisión de servicio.

Actualmente, son quince las grandes ciudades que ya cuentan con un Juez en prácticas de refuerzo (Málaga, Sevilla, Zaragoza, Las Palmas de Gran Canaria, Valladolid, Toledo, Barcelona, Alicante, Valencia, A Coruña, Vigo, Palma, Madrid, Murcia y Bilbao). En el resto del territorio nacional, los Jueces de refuerzo se incorporarán de forma progresiva a partir del 1 de julio y hasta dicha incorporación será el titular del Juzgado quien resuelva los expedientes urgentes.

Con esta medida se espera agilizar sustancialmente la tramitación de este tipo de procedimientos y conseguir un importante incremento en la resolución de los mismos.

 

 

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